Ministerio de Economa y Hacienda (BOE n. 234 de 29/9/1990)

REAL DECRETO LEGISLATIVO 1175/1990, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS TARIFAS Y LA INSTRUCCION DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS.

Rango: Real Decreto Legislativo

ANEXO I. TARIFAS

SECCIN PRIMERA.
ACTIVIDADES EMPRESARIALES: INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS Y MINERAS.

DIVISIN 1. ENERGIA Y AGUA
AGRUPACIN 11. EXTRACCIN, PREPARACIN Y AGLOMERACIN DE COMBUSTIBLES SLIDOS Y COQUERAS.
GRUPO 111. EXTRACCION, PREPARACIN Y AGLOMERACIN DE HULLA.
Epgrafe 111.1.- Extraccin y preparacin de hulla, excepto hulla subbituminosa.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 378 pesetas.
  • Por cada Kw.: 637 pesetas.
Epgrafe 111.2.- Extraccin y preparacin de hulla subbituminosa (lignito negro).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 378 pesetas.
  • Por cada Kw.: 637 pesetas.
Notas comunes a los epgrafes 111.1 y 111.2:
  1. Las explotaciones, concesiones y demasas que sean colindantes o, que sin serlo, formen unidad de explotacin, constituyendo un coto minero, se considerarn como una sola explotacin o concesin.
  2. No estarn sujetas a tributacin las explotaciones, concesiones y demasas que no estn realmente en explotacin, sino que constituyan reservas del coto minero, aun cuando figuren en el plan anual de labores.
  3. Estos epgrafes facultan para la extraccin y preparacin de otros combustibles minerales slidos.
Epgrafe 111.3.- Preparacin de hulla en factora independiente o fuera del permetro de la concesin o explotacin minera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.553 pesetas.
Nota: Este epgrafe faculta para la preparacin en factora independiente de otros combustibles minerales slidos.
Epgrafe 111.4.- Aglomeracin de hulla.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 994 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.360 pesetas.
Nota: Este epgrafe faculta para la aglomeracin de otros combustibles minerales slidos.
GRUPO 112. EXTRACCIN Y PREPARACIN DE ANTRACITA.
Epgrafe 112.1.- Extraccin y preparacin de antracita.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 394 pesetas.
  • Por cada Kw.: 668 pesetas.
Nota: A este epgrafe le son de aplicacin las notas de los epgrafes 111.1 y 111.2.
Epgrafe 112.2.- Preparacin de antracita en factora independiente o fuera del permetro de la concesin o explotacin minera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.553 pesetas.
Nota: Este epgrafe faculta para la preparacin en factora independiente de otros combustibles minerales slidos.
GRUPO 113. EXTRACCIN Y PREPARACIN DE LIGNITO PARDO.
Epgrafe 113.1.- Extraccin y preparacin de lignito pardo.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 394 pesetas.
  • Por cada Kw.: 668 pesetas.
Nota: A este epgrafe le son de aplicacin las notas de los epgrafes 111.1 y 111.2.
Epgrafe 113.2.- Preparacin de lignito pardo en factora independiente o fuera del permetro de la concesin o explotacin minera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.553 pesetas.
Nota: Este epgrafe faculta para la preparacin en factora independiente de otros combustibles minerales slidos.
GRUPO 114. FABRICACIN DE COQUE.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 906 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.123 pesetas.
AGRUPACIN 12. EXTRACCIN DE PETRLEO Y GAS NATURAL.
GRUPO 121. PROSPECCIN DE PETRLEO Y GAS NATURAL Y TRABAJOS AUXILIARES DE INVESTIGACIN MINERA.
Epgrafe 121.1.- Trabajos de testificacin por diversos procedimientos en sondeos, determinacin de las caractersticas de las formaciones atravesadas, profundidad y direccin del sondeo, buzamiento y direccin de las formaciones, etc.
  • Cuota mnima municipal de: 289.800 pesetas.
  • Cuota provincial de: 869.400 pesetas.
  • Cuota nacional de: 2.587.500 pesetas.
Epgrafe 121.2.- Trabajos para desviacin de sondeos y cimentacin de pozos, fracturacin o acidificacin de rocas y pruebas de produccin.
Cuota de:
Nacional Provincial Mnima Municipal
Por cada unidad de bombeo sobre camin 2.484.000 828.000 274.275
Por cada mezclador sobre camin 931.500 300.150 98.325
Por cada equipo para pruebas de produccin 82.800 25.875 7.245
Por cada equipo para desviacin de sondeos 82.800 25.875 7.245
Epgrafe 121.3.- Trabajos de tomas de medida de presin de fondo de pozos, apertura y cierre de los mismos para realizar aqullas, medicin en superficie de temperatura, presin, caudal, etc., y servicios de cable para conexin entre elementos en pozo y en superficie.
Cuota de:
Nacional Provincial Mnima Municipal
Por cada camin o remolque con cable de enlace entre instrumentos de fondo y de superficie 1.138.500 362.250 113.850
Por cada equipo de apertura y cierre de fondo de pozo y bajada de tuberas 465.750 144.900 47.610
Por cada equipo de separadores y de medida y control de presin y de fluidos en superficie 310.500 103.500 35.190
Por cada equipo de calentamiento en
pozo, tanque de almacenaje y sus accesorios
310.500 103.500 35.190
Epgrafe 121.9.- Otras actividades relacionadas con la prospeccin de petrleo y gas natural y trabajos auxiliares de investigacin minera, tales como los de geofsica petrolera, control de geologa de sondeos, etc.
  • Cuota mnima municipal de: 82.800 pesetas.
  • Cuota provincial de: 258.750 pesetas.
  • Cuota nacional de: 828.000 pesetas.
GRUPO 122.- EXTRACCIN Y DISTRIBUCIN DE CRUDOS DE PETROLEO.
Epgrafe 122.1.- Extraccin de crudos de petrleo.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 14.594 pesetas.
  • Por cada Kw.: 10.661 pesetas.
Epgrafe 122.2.- Distribucin de crudos de petrleo.
  • Cuota mnima municipal de: 517.500 pesetas.
  • Cuota provincial de: 2.070.000 pesetas.
  • Cuota nacional de: 7.245.000 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la distribucin de petrleo y productos petrolferos refinados, exclusivamente por oleoducto, as como la instalacin de las redes necesarias para su distribucin.
GRUPO 123. EXTRACCIN, DEPURACIN Y DISTRIBUCIN DE GAS NATURAL.
Epgrafe 123.1.- Extraccin y depuracin de gas natural.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 14.594 pesetas.
  • Por cada Kw.: 10.661 pesetas.
Epgrafe 123.2.- Distribucin de gas natural.
  • Cuota mnima municipal de: 517.500 pesetas.
  • Cuota provincial de: 2.070.000 pesetas.
  • Cuota nacional de: 7.245.000 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la distribucin de todo tipo de gases naturales, exclusivamente por gaseoducto, as como la instalacin de las redes necesarias para su distribucin.
GRUPO 124. EXTRACCIN DE PIZARRAS BITUMINOSAS.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.160 pesetas.
  • Por cada Kw.: 777 pesetas.
AGRUPACIN 13. REFINO DE PETRLEO.
GRUPO 130. REFINO DE PETRLEO.
Cuota de:
  • Por cada 1.000 toneladas o fraccin anuales de tratamiento de crudos petrolferos, 9.315 pesetas.
AGRUPACIN 14. EXTRACCIN Y TRANSFORMACIN DE MINERALES RADIACTIVOS.
GRUPO 141. EXTRACCIN Y PREPARACIN DE MINERALES RADIACTIVOS.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.160 pesetas.
  • Por cada Kw.: 777 pesetas.
GRUPO 142. PREPARACIN DE MINERALES RADIACTIVOS EN FACTORA INDEPENDIENTE O FUERA DEL PERIMETRO DE LA CONCESIN O EXPLOTACIN MINERA.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.936 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.356 pesetas.
GRUPO 143. TRANSFORMACIN DE MINERALES RADIACTIVOS Y TRATAMIENTO Y ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS RADIACTIVOS.
Epgrafe 143.1.- Transformacin de minerales radiactivos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.516 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.750 pesetas.
Epgrafe 143.2.- Tratamiento de residuos radiactivos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.936 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.356 pesetas.
Epgrafe 143.3.- Almacenamiento de residuos radiactivos.
Cuota de: 5.175.000 pesetas.
Nota comn a los epgrafes 143.2 y 143.3: Estos epgrafes facultan para el desmantelamiento de instalaciones nucleares y para el transporte de los residuos radiactivos.
AGRUPACIN 15. PRODUCCIN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIN DE ENERGA ELCTRICA, GAS, VAPOR Y AGUA CALIENTE.
GRUPO 151. PRODUCCIN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIN DE ENERGIA ELCTRICA.
Epgrafe 151.1.- Produccin de energa hidroelctrica.
Cuota de:
  • Por cada Kw. de potencia en generadores, 120 pesetas.
Nota: Las denominadas centrales de bombeos para produccin de energa hidroelctrica tributarn al 50 % de la cuota de este epgrafe.
Epgrafe 151.2.- Produccin de energa termoelctrica convencional.
Cuota de:
  • Por cada Kw. de potencia en generadores, 70 pesetas.
Epgrafe 151.3.- Produccin de energa eletronuclear.
Cuota de:
  • Por cada Kw. de potencia en generadores, 85 pesetas.
Epgrafe 151.4.- Produccin de energa no especificada en los epgrafes anteriores, abarcando la energa procedente de mareas, energa solar, etc.
Cuota de:
  • Por cada Kw. de potencia en generadores, 120 pesetas.
Nota: No se incluyen en este epgrafe las centrales mixtas, es decir, las que producen diversas clases de energa, que se clasificarn en el epgrafe que corresponda a su actividad principal.
Epgrafe 151.5.- Transporte y distribucin de energa elctrica.
Cuota de:
  • Por cada Kw. de potencia contratada,
    • Cuota mnima municipal: 7 pesetas.
    • Cuota provincial: 11 pesetas.
    • Cuota nacional: 11 pesetas.
Notas comunes al Grupo 151:
  1. Para la determinacin de la potencia de los generadores, tratndose de corriente alterna, se tomar el factor de potencia medida en la central, y, en su defecto, el valor de a = 0,8.
  2. Tratndose de centrales hidrulicas o trmicas el nmero de kilovatios sujetos a tributacin ser la suma de las potencias de los generadores elctricos sin incluir los de reserva; pero si la potencia que pueden suministrar las turbinas o los motores trmicos es menor, la cuota se fijar de acuerdo con la potencia que pueden producir las turbinas o los motores que accionan los generadores.
  3. En las centrales hidroelctricas que dispongan de una trmica como reserva o adquieran energa de otro fabricante con el mismo fin, coincidiendo esta utilizacin con perodos de estiaje, avenidas o averas de la hidrulica que signifiquen una disminucin en el rendimiento normal de sta, y siempre que la potencia total utilizada, suma de la de origen hidrulico y reserva, sea igual o inferior a la declarada, la de reserva no se considerar. En el caso de ser superior, la diferencia estar sujeta a tributacin.
  4. La potencia elctrica destinada en la central a fuerza motriz no tributar.
  5. A los efectos de la aplicacin del epgrafe 151.5, los kilovatios contratados se tomarn en el punto de entrega, segn contrato, al consumidor final.
GRUPO 152. FABRICACIN Y DISTRIBUCIN DE GAS.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 4.855 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.640 pesetas.
Nota: Este grupo comprende la instalacin de redes de distribucin del gas.
GRUPO 153. PRODUCCIN Y DISTRIBUCIN DE VAPOR Y AGUA CALIENTE.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.563 pesetas.
  • Por cada Kw.: 942 pesetas.
Nota: Este grupo comprende la instalacin de redes de distribucin de vapor y agua caliente.
AGRUPACIN 16. CAPTACIN, TRATAMIENTO Y DISTRIBUCIN DE AGUA, Y FABRICACIN DE HIELO.
GRUPO 161. CAPTACIN, TRATAMIENTO Y DISTRIBUCIN DE AGUA PARA NCLEOS URBANOS.
Epgrafe 161.1.- Captacin, tratamiento y distribucin de agua para ncleos urbanos.
  • Cuota mnima municipal de: 26 pesetas por cada 100 metros cbicos o fraccin de agua suministrada en el ejercicio inmediato anterior, segn consumos registrados al abonado o consumidor, mediante contador.
  • Cuota provincial de: 26 pesetas por cada 100 metros cbicos o fraccin de agua suministrada en el ejercicio inmediato anterior, segn consumos registrados al abonado o consumidor, mediante contador.
Epgrafe 161.2.- Captacin de agua para su suministro.
Cuota de: 4 pesetas por cada 100 metros cbicos o fraccin de agua captada en el ejercicio inmediato anterior segn consumos registrados con contador u otro elemento de medida en el punto de salida de la instalacin de captacin, para su posterior suministro.
Nota: La captacin comprende todas las tareas necesarias para extraer y aducir el agua desde el medio natural o fsico, hasta su puesta a disposicin o entrega para su posterior tratamiento o para su distribucin.
Epgrafe 161.3.- Tratamiento de agua para su suministro.
Cuota de: 4 pesetas por cada 100 metros cbicos o fraccin de agua tratada en el ejercicio inmediato anterior, segn consumos registrados con contador u otro elemento de medida en el punto de salida de la planta o estacin de tratamiento, para su posterior suministro.
Nota: El tratamiento comprende todas las tareas y procesos industriales necesarios para que el agua sea sanitariamente permisible o potable para el consumo humano, hasta su puesta a disposicin o entrega a la red de distribucin.
Epgrafe 161.4.- Distribucin de agua para ncleos urbanos.
Cuota de: 16 pesetas por cada 100 metros cbicos o fraccin de agua suministrada en el ejercicio inmediato anterior, segn consumos registrados al abonado o consumidor mediante contador.
Nota: La distribucin comprende todas las tareas y maniobras tcnicas necesarias para entregar o poner a disposicin del consumidor o abonado el agua suministrada hasta el domicilio o local.
Nota comn a los epgrafes 161.1 y 161.4: Estos epgrafes comprenden la instalacin de redes de distribucin de agua.
GRUPO 162. FABRICACIN DE HIELO PARA LA VENTA.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 301 pesetas.
  • Por cada Kw.: 301 pesetas.
Nota: Cuando el producto fabricado se destine a suministrar a la flota pesquera o al acondicionamiento de pescado para ser remesado, la cuota correspondiente ser el 50 % de la sealada.
DIVISIN 2. EXTRACCIN Y TRANSFORMACIN DE MINERALES NO ENERGETICOS Y PRODUCTOS DERIVADOS. INDUSTRIA QUIMICA
AGRUPACIN 21. EXTRACCIN Y PREPARACIN DE MINERALES METLICOS.
GRUPO 211. EXTRACCIN Y PREPARACIN DE MINERALES DE HIERRO.
Epgrafe 211.1.- Extraccin y preparacin de minerales frreos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 448 pesetas.
  • Por cada Kw.: 422 pesetas.
Nota: A este epgrafe le son de aplicacin las notas primera y segunda de los epgrafes 111.1 y 111.2.
Epgrafe 211.2.- Preparacin de minerales frreos en factora independiente o fuera del permetro de la explotacin o concesin minera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 891 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende las operaciones fsicas de concentracin del mineral, realizadas en bocamina o en factora independiente, incluidas las de sinterizacin, palletizacin y similares.
GRUPO 212. EXTRACCIN Y PREPARACIN DE MINERALES METALICOS NO FRREOS.
Epgrafe 212.1.- Extraccin y preparacin de minerales metlicos no frreos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 528 pesetas.
  • Por cada Kw.: 570 pesetas.
Nota: A este epgrafe le son de aplicacin las notas primera y segunda de los epgrafes 111.1 y 111.2.
Epgrafe 212.2.- Preparacin de minerales metlicos no frreos en factora independiente o situada fuera del permetro de la explotacin o concesin minera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.015 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.129 pesetas.
AGRUPACIN 22. PRODUCCIN Y PRIMERA TRANSFORMACIN DE METALES.
GRUPO 221. SIDERURGIA INTEGRAL.
Este grupo comprende la obtencin de productos siderrgicos laminados en caliente o en fro, y sus derivados a partir de mineral de hierro como materia prima, mediante la utilizacin de hornos altos y aceras al oxgeno.
Se incluyen en este grupo la obtencin de arrabio, las ferroaleaciones de horno alto y las coqueras siderrgicas que no puedan clasificarse por separado.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes.
Epgrafe 221.1.- Productos siderrgicos primarios o de cabecera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 166 pesetas.
Epgrafe 221.2.- Acero bruto.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 166 pesetas.
Epgrafe 221.3.- Semiproductos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 166 pesetas.
Epgrafe 221.4.- Productos laminados en caliente.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 166 pesetas.
Epgrafe 221.5.- Productos laminados en fro.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 166 pesetas.
Epgrafe 221.6.- Productos derivados de los anteriores, incluidos los especificados en el Grupo 223.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 166 pesetas.
Epgrafe 221.7.- Otros productos y subproductos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 166 pesetas.
GRUPO 222. SIDERURGIA NO INTEGRAL.
Este grupo comprende la obtencin de productos siderrgicos laminados en caliente o en fro, y sus derivados, a partir de chatarra como materia prima, mediante la utilizacin de aceras elctricas.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 222.1.- Acero bruto.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 98 pesetas.
  • Por cada Kw.: 122 pesetas.
Epgrafe 222.2.- Semiproductos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 98 pesetas.
  • Por cada Kw.: 122 pesetas.
Epgrafe 222.3.- Productos laminados en caliente.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 98 pesetas.
  • Por cada Kw.: 122 pesetas.
Epgrafe 222.4.- Productos laminados en fro.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 98 pesetas.
  • Por cada Kw.: 122 pesetas.
Epgrafe 222.5.- Productos derivados de los anteriores, incluidos los especificados en el Grupo 223.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 98 pesetas.
  • Por cada Kw.: 122 pesetas.
Epgrafe 222.6.- Otros productos y subproductos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 98 pesetas.
  • Por cada Kw.: 122 pesetas.
GRUPO 223. FABRICACIN DE TUBOS DE ACERO.
Este grupo comprende la fabricacin de tubos de acero soldado o sin soldar, revestidos o sin revestir; el estirado de tubos de acero o la fabricacin de tubos, empalmes, cajas, juntas, etc., de acero para conductores elctricos.
Se incluye tambin en este grupo la laminacin en caliente de tubos de acero.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 223.1.- Productos tubulares (tubos y perfiles huecos) de acero sin soldadura.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 223.2.- Productos tubulares de acero soldados longitudinalmente.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 223.3.- Productos tubulares de acero soldados helicoidalmente.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 223.4.- Accesorios para tuberas (excepto de fundicin).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
GRUPO 224. TREFILADO, ESTIRADO, PERFILADO, LAMINADO EN FRO DEL ACERO.
Este grupo comprende el estirado en fro del acero; laminacin en fro del fleje de acero; laminacin de perfiles por conformacin o plegado en fro de productos planos de acero y trefilado del acero.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 224.1.- Alambre de acero.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 224.2.- Productos calibrados por estirado.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 224.3.- Productos calibrados por descortezado (torneado).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 224.4.- Productos calibrados por rectificado.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 224.5.- Perfiles conformados en fro.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 224.6.- Fleje laminado en fro.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 224.7.- Fleje magntico laminado en fro.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Epgrafe 224.8.- Fleje recubierto.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 104 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
GRUPO 225. PRODUCCIN Y PRIMERA TRANSFORMACIN DE METALES NO FRREOS.
Epgrafe 225.1.- Produccin y primera transformacin del aluminio.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 135 pesetas.
  • Por cada Kw.: 373 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de aluminio de primera fusin (a partir de minerales, desperdicios, restos, cenizas y residuos); obtencin de aluminio de segunda fusin (por fusin); obtencin de aleaciones de aluminio fuera de la siderurgia (aluminotermia) as como la primera transformacin del aluminio y sus aleaciones mediante laminacin, estirado, trefilado, extrusin, etc.
Epgrafe 225.2.- Produccin y primera transformacin del cobre.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 135 pesetas.
  • Por cada Kw.: 373 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de cobre bruto a partir de minerales (blister y otros); cobre electroltico; cobre de afino trmico; cobre de segunda fusin; aleaciones de cobre as como la primera transformacin del cobre y sus aleaciones mediante laminacin, estirado, trefilado, extrusin, etc.
Epgrafe 225.9.- Produccin y primera transformacin de otros metales no frreos N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 135 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la produccin y primera transformacin de metales no frreos, tales como zinc, plomo, estao, antimonio, bismuto, wolframio, mercurio, oro, plata, etc. Abarca la obtencin por primera y segunda fusin, as como la primera transformacin mediante laminacin, estirado, trefilado, extrusin, etc., y las aleaciones de estos metales.
AGRUPACIN 23. EXTRACCIN DE MINERALES NO METLICOS NI ENERGTICOS; TURBERAS.
GRUPO 231. EXTRACCIN DE MATERIALES DE CONSTRUCCION.
Epgrafe 231.1.- Extraccin de sustancias arcillosas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 663 pesetas.
  • Por cada Kw.: 270 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de arcillas cermicas y refractarias, margas, caoln y otras sustancias arcillosas, as como la pulverizacin, trituracin, etc., que se realiza simultneamente con la extraccin.
Epgrafe 231.2.- Extraccin de rocas y pizarras para la construccin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 663 pesetas.
  • Por cada Kw.: 270 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de piedra, pizarra, mrmoles, piedra caliza, granitos, prfidos y basaltos, as como el tallado, pulverizacin, trituracin, etc., que se realiza simultneamente con la extraccin.
Epgrafe 231.3.- Extraccin de arenas y gravas para la construccin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 663 pesetas.
  • Por cada Kw.: 270 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de arenas y gravas para la construccin, as como el dragado de guijarros y la pulverizacin, trituracin, etc., que se realiza simultneamente con la extraccin.
Epgrafe 231.4.- Extraccin de yeso.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 663 pesetas.
  • Por cada Kw.: 270 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de yeso, as como la pulverizacin, trituracin, etc. que se realiza simultneamente con la extraccin.
Epgrafe 231.9.- Extraccin de otros minerales de construccin N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 663 pesetas.
  • Por cada Kw.: 270 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de materiales de construccin, tales como serpentina, sienita, diabasa, ofita, toba, traquita, fonolita, etc., as como la pulverizacin, trituracin, etc., que se realiza simultneamente con la extraccin.
GRUPO 232. EXTRACCIN DE SALES POTSICAS, FOSFATOS Y NITRATOS.
Epgrafe 232.1.- Extraccin de sales potsicas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de sales potsicas, tales como kainita, silvinita y otras, as como la trituracin, pulverizacin, etc., que se realiza conjuntamente con la extraccin.
Epgrafe 232.2.- Extraccin de fosfatos y nitratos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de toda clase de fosfatos (de calcio, aluminio-clcicos, cretas fosfatadas) y de nitratos, as como la trituracin, pulverizacin, etc., de estos minerales que se realiza conjuntamente con la extraccin.
GRUPO 233. EXTRACCIN DE SAL COMN.
Epgrafe 233.1.- Extraccin de sal marina.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de sal marina, incluida la molienda, cribado y refinado que se realiza conjuntamente con la extraccin.
Epgrafe 233.2.- Extraccin de sal manantial y sal gema.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de sal manantial y sal gema, as como la molienda, cribado y refinado que se realiza conjuntamente con la extraccin.
GRUPO 234. EXTRACCIN DE PIRITAS Y AZUFRE.
Este grupo comprende la extraccin de azufre natural, minerales de azufre, piritas y pirrotitas, as como la molienda, trituracin, pulverizacin, etc., que se realiza conjuntamente con la extraccin.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 234.1.- Piritas de hierro sin tostar.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
Epgrafe 234.2.- Azufre natural.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
GRUPO 239. EXTRACCIN DE OTROS MINERALES NO METLICOS NIENERGETICOS; TURBERAS.
Epgrafe 239.1.- Extraccin de fluorita.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de fluorita (espato de flor), as como la molienda, trituracin, pulverizacin, etc., que se realiza conjuntamente con la extraccin.
Epgrafe 239.2.- Extraccin de turba.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 342 pesetas.
Epgrafe 239.9.- Extraccin de otros minerales no metlicos ni energticos N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 994 pesetas.
  • Por cada Kw.: 414 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la extraccin de turba, de minerales de sodio (thenardita, glauberita), de boro, de bario (baritina), cuarzo, slice, arenas silceas no empleadas en la construccin, tierras de trpoli, feldespato, pegmatita, doloma, magnesita, talco esteatito, sepiolita, asfalto y betunes, gemas, granates, grafito, amianto, mica, ocres, arsnico, litio, estroncio y otros, as como la molienda, trituracin, pulverizacin, etctera, que se realiza conjuntamente con la extraccin.
AGRUPACIN 24. INDUSTRIAS DE PRODUCTOS MINERALES NO METLICOS.
GRUPO 241. FABRICACIN DE PRODUCTOS DE TIERRAS COCIDAS PARA LA CONSTRUCCIN (EXCEPTO ARTCULOS REFRACTARIOS).
Este grupo comprende la fabricacin de productos de tierras cocidas para la construccin, no refractarios, tales como ladrillos, tejas y accesorios, baldosas y losetas para solado y revestimiento; tubos y caeras; cornisas, frisos, bovedillas y otras piezas especiales para la construccin.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los epgrafes siguientes:
Epgrafe 241.1.- Ladrillos, bloques y piezas especiales para forjados.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 404 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 241.2.- Tejas, baldosas y otros materiales de tierras cocidas para la construccin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 404 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
GRUPO 242. FABRICACIN DE CEMENTOS, CALES Y YESO.
Epgrafe 242.1.- Fabricacin de cementos artificiales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 477 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.087 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de clinkers, cementos Portland (corriente, resistente a las aguas selenitosas, siderrgico, etc.), cemento aluminoso, cemento puzolnico y otros cementos artificiales.
Epgrafe 242.2.- Fabricacin de cementos naturales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 477 pesetas.
  • Por cada Kw.: 694 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de cementos naturales de todas clases.
Epgrafe 242.3.- Fabricacin de cales y yesos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 477 pesetas.
  • Por cada Kw.: 694 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de cales vivas, hidrulicas y ordinarias; cales muertas o apagadas; yeso blanco y negro; escayola, tiza, etc.
GRUPO 243. FABRICACIN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIN EN HORMIGN, CEMENTO, YESO, ESCAYOLA Y OTROS.
Epgrafe 243.1.- Fabricacin de hormigones preparados.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.070 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.450 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de hormign fresco o mezclado, incluido el entregado directamente en las obras por medio de camiones especiales provistos de una hormigonera.
Epgrafe 243.2.- Fabricacin de productos en fibrocemento.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 673 pesetas.
  • Por cada Kw.: 849 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de productos en fibrocemento y amianto de cemento, tales como placas, tubos, accesorios para tuberas y otros elementos de construccin.
Epgrafe 243.3.- Fabricacin de otros artculos derivados del cemento, excepto pavimentos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 715 pesetas.
  • Por cada Kw.: 508 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de elementos para la construccin y obras pblicas en hormigones en masa, armados y pretensados, as como artculos en celulosa-cemento y pmez-cemento, con la exclusin de productos derivados del cemento dedicados a la pavimentacin.
Epgrafe 243.4.- Fabricacin de pavimentos derivados del cemento.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 606 pesetas.
  • Por cada Kw.: 440 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de productos derivados del cemento dedicados a la pavimentacin.
Epgrafe 243.5.- Fabricacin de artculos derivados del yeso y escayola.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 984 pesetas.
  • Por cada Kw.: 932 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de elementos de construccin a base de yeso y escayola, tales como planchas, paneles, baldosas, losetas, molduras y similares.
GRUPO 244. INDUSTRIAS DE LA PIEDRA NATURAL.
Este grupo comprende la marmolistera (decorativa, funeraria), talla de pizarra, piedra de construccin y piedra natural fuera de la cantera, as como la industria de la grava y arena.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los epgrafes siguientes:
Epgrafe 244.1.- Piedra natural triturada y clasificada.
Cuota de:
  • Por cada obrero; 1.123 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.015 pesetas.
Epgrafe 244.2.- Piedra natural simplemente tallada y aserrada.
Cuota de:
  • Por cada obrero; 1.123 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.015 pesetas.
Epgrafe 244.3.- Piedra elaborada.
Cuota de:
  • Por cada obrero; 1.123 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.015 pesetas.
GRUPO 245. FABRICACIN DE ABRASIVOS.
Este grupo comprende la fabricacin de muelas, asperones, piedras de afilar, esmeril, papeles y telas abrasivas, pastas de pulir y otros productos abrasivos de accin mecnica bien sean naturales, artificiales aglomerados o fabricados artificialmente a partir de diamantes naturales o sintticos, as como la produccin de abrasivos sobre soporte.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los epgrafes siguientes:
Epgrafe 245.1.- Muelas y artculos similares para mquinas y piedras para afilar o pulir a mano.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 228 pesetas.
  • Por cada Kw.: 363 pesetas.
Epgrafe 245.2.- Otros abrasivos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 228 pesetas.
  • Por cada Kw.: 363 pesetas.
GRUPO 246. INDUSTRIA DEL VIDRIO.
Epgrafe 246.1.- Fabricacin del vidrio plano.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 363 pesetas.
  • Por cada Kw.: 803 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de vidrio plano estirado y laminado o colado.
Epgrafe 246.2.- Fabricacin de vidrio hueco.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 363 pesetas.
  • Por cada Kw.: 942 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de vidrio hueco por procedimientos automticos, semiautomticos o manuales y abarca la fabricacin de envases de vidrio; de servicio de mesa y otros objetos domsticos de vidrio no prensado; fabricacin de vidrio prensado y otras fabricaciones de vidrio hueco.
Epgrafe 246.3.- Fabricacin de vidrio tcnico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 363 pesetas.
  • Por cada Kw.: 942 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de vidrio para ptica; de relojera; para bombillas, vlvulas y lmparas elctricas (incluidos los tubos y varillas); vidrio de laboratorio graduado, de higiene, de farmacia y para uso mdico; vidrio resistente al fuego; objetos en cuarzo y slice fundidos; tubos, barras, varillas y bolas en vidrio esmaltado; vidrio para ortopedia, etc.
Epgrafe 246.4.- Fabricacin de fibra de vidrio.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 363 pesetas.
  • Por cada Kw.: 942 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de fibra de vidrio (vidrio hilado y centrifugado) textil y no textil, continua y discontinua, incluida la lana de roca o lana de vidrio, as como artculos a base de esta fibra, tales como paneles, colchones, velas y mstiles, tejidos y cintas, mechas e hilos, etc.
Epgrafe 246.5.- Manipulado de vidrio.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.070 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.350 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende el manipulado de vidrio plano (templado, pulido, moteado, grabado, tallado, azogado, plateado, etc.), manipulado de vidrio hueco (tallado, decorado, etc.), manipulado de vidrio al soplete y otros manipulados de vidrio.
Epgrafe 246.6.- Fabricacin de fritas y esmaltes cermicos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 932 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.398 pesetas.
GRUPO 247. FABRICACIN DE PRODUCTOS CERMICOS.
Epgrafe 247.1.- Fabricacin de artculos refractarios.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.025 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.160 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de artculos refractarios de todas clases (silicosos, aluminosos, de grafito, de carbn, de cromita, de magnesita, de bauxita, dolomticos), tales como ladrillos, bloques, piezas, etc.
Epgrafe 247.2.- Fabricacin de baldosas para pavimentacin o revestimientos sin barnizar ni esmaltar.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.108 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.698 pesetas.
Epgrafe 247.3.- Fabricacin de baldosas para pavimentacin o revestimiento barnizadas o esmaltadas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.108 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.698 pesetas.
Epgrafe 247.4.- Fabricacin de vajillas, artculos del hogar y objetos de adorno, de material cermico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.274 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de objetos de barro (alfarera), loza ordinaria, maylica y fina, porcelana (blanca o coloreada), gres y otro material cermico para vajillas, artculos del hogar y objetos de decoracin.
Epgrafe 247.5.- Fabricacin de aparatos sanitarios de loza, porcelana y gres.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.274 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de aparatos higinicos y sanitarios de todas clases en gres, loza y porcelana.
Epgrafe 247.6.- Fabricacin de aisladores y piezas aislantes de material cermico para instalaciones elctricas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.274 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de aisladores y piezas aislantes de materias cermicas para lneas elctricas exteriores areas y para instalaciones elctricas.
Epgrafe 247.9.- Fabricacin de otros artculos cermicos N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 828 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.274 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de alfarera industrial; porcelana trmica, tcnica, de laboratorio, vasijas y recipientes especiales; artesas, cubetas, cntaros y otros recipientes similares y material cermico para arquitectura y construccin.
GRUPO 249. INDUSTRIAS DE OTROS PRODUCTOS MINERALES NO METLICOS N.C.O.P.
Este grupo comprende la fabricacin de productos de amianto, grafito, mica, asfalto, etc.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los epgrafes siguientes:
Epgrafe 249.1.- Productos asflticos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.108 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.004 pesetas.
Epgrafe 249.2.- Productos a base de amianto.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.108 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.004 pesetas.
Epgrafe 249.9.- Productos a base de otros minerales no metlicos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.108 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.004 pesetas.
AGRUPACIN 25. INDUSTRIA QUMICA.
GRUPO 251. FABRICACIN DE PRODUCTOS QUMICOS BSICOS (EXCEPTO PRODUCTOS FARMACUTICOS DE BASE).
Epgrafe 251.1.- Fabricacin de productos qumicos orgnicos de origen petroqumico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.087 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.422 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de hidrocarburos y sus derivados, incluidos los monmeros, tales como acetileno, benceno, etileno, butadieno, nitrobuceno, naftaleno, propileno, bromuros y cloruros de etilo, betilo y metilo y otros, as como los derivados halogenados, nitrados y nitrosados de hidrocarburos.
Epgrafe 251.2.- Fabricacin de otros productos qumicos orgnicos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.087 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.422 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de productos de la carboqumica, y otros productos orgnicos de sntesis y no de sntesis, tales como los cidos orgnicos y sus derivados; alcoholes y sus derivados; aldehdos y cetonas y sus derivados; compuestos nitrogenados (amidas, aminas, nitrilos) y sus derivados; teres y sus derivados; fenoles y sus derivados; hidratos de carbono y sus derivados, as como la destilacin de carbones minerales y sus derivados; (alquitrn, benzol), y la fabricacin de betunes asflticos oxidados.
Epgrafe 251.3.- Fabricacin de productos qumicos inorgnicos (excepto gases comprimidos).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 228 pesetas.
  • Por cada Kw.: 156 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de cido sulfrico y productos derivados (anhdrido sulfuroso y sus derivados, sulfato de cobre, sulfato de aluminio, sulfuro de carbono, sulfato de socio y sulfuro de sodio, azufres sublimados, refinados y precipitados, etc.); fabricacin de gases industriales (excepto gases comprimidos); electroqumica; obtencin de carburo de calcio; obtencin de fsforo, calcio, arsnico, cianuro, bromo, yodo; cidos inorgnicos; bases, hidrxidos y perxidos; haluros no metlicos; sales y otros productos qumicos inorgnicos de base y la obtencin de istopos radioactivos.
Epgrafe 251.4.- Fabricacin de primeras materias plsticas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 368 pesetas.
  • Por cada Kw.: 559 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de materias plsticas en estado bruto bajo forma lquida, en polvo o granulada, tales como fenoplastos, aminoplastos, polisteres, poliamidas, poliuretanos, siliconas, productos de la polimerizacin, (policloruro de vinilo, poliacetano de vinilo, acrclicos, metacrlicos, etc.), materias plsticas a base de acetato de celulosa y otras materias plsticas.
Epgrafe 251.5.- Fabricacin de cauchos y ltex sintticos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 368 pesetas.
  • Por cada Kw.: 559 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de cauchos y ltex sintticos, tales como caucho-butilo, polibutadieno, polibutadieno- estireno, polibutadieno-acrilonitrilo, policlorobutadieno, ltex de caucho sinttico, ltex de polibutadieno-estireno y otros.
Epgrafe 251.6.- Produccin de fibras artificiales y sintticas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 663 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.450 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la produccin de fibras artificiales y sintticas, continuas y discontinuas, obtenidas por polimerizacin o condensacin de monmeros orgnicos o por transformacin qumica de polmeros orgnicos naturales, tales como el rayn y otras fibras celulsicas, fibras acrlicas, el nyln y otras fibras poliamdicas, de polister, hilo de polipropileno, etc.
Epgrafe 251.7. Fabricacin de cido y anhdrido ftlico y malico. Fabricacin de cido y anhdrido ftlico y malico y de cidos isoftlico y tereftlico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 207 pesetas.
  • Por cada Kw.: 52 pesetas.
GRUPO 252. FABRICACIN DE PRODUCTOS QUMICOS DESTINADOS PRINCIPALMENTE A LA AGRICULTURA.
Epgrafe 252.1.- Fabricacin de abonos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 311 pesetas.
  • Por cada Kw.: 870 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de abonos fosfatados, nitrogenados, potsicos y otros (orgnicos, compuestos y complejos). Se incluyen las fbricas de cido sulfrico, fosfrico y ntrico que funcionan conjuntamente con fbricas de abonos y que no puedan clasificarse por separado.
Epgrafe 252.2.- Fabricacin de plaguicidas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 5.072 pesetas.
  • Por cada Kw.: 4.730 pesetas.
Nota: Este epgrafe contiene la fabricacin de toda clase de plaguicidas de uso agrcola, tales como insecticidas agrcolas a base de productos orgnicos e inorgnicos; formulaciones para espolvoreo y pulverizacin (clorados, fosforados, carbamatos); formulaciones en granulado; fumigantes; acaricidas, nematicidas; fungicidas y desinfectantes de semillas; herbicidas; molusquicidas, etc.; los productos qumicos de todas clases utilizados en ganadera, as como los insecticidas y otros productos fitosanitarios de uso domstico.
GRUPO 253. FABRICACIN DE PRODUCTOS QUMICOS DESTINADOS PRINCIPALMENTE A LA INDUSTRIA.
Epgrafe 253.1.- Fabricacin de gases comprimidos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 528 pesetas.
  • Por cada Kw.: 549 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de gases comprimidos, tales como aire lquido, anhdrido carbnico, anhdrido carbnico solidificado (hielo seco), argn, hidrgeno, nitrgeno, oxgeno, acetileno disuelto, gases raros, etc.
Epgrafe 253.2.- Fabricacin de colorantes y pigmentos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.408 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.029 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de colorantes y pigmentos de origen mineral, de origen orgnico y sintticos, tales como albayalde, azul de prusia, de ultramar, litopn, minio, nogalina, ocres, bixido de titanio, xidos rojos de hierro (naturales y sintticos), xidos de zinc y de plomo, colorantes de anilina, purpurina, etc.
Epgrafe 253.3.- Fabricacin de pinturas, barnices y lacas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 3.809 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.940 pesetas.
Nota: Este epgrafe contiene la fabricacin de pinturas al agua; colores en pasta; colores para dibujo y pintura artstica; pinturas, barnices y lacas a base de derivados celulsicos, a base de resinas naturales, artificiales y sintticas, o a base de derivados del caucho, asfalto y aceites, as como la fabricacin de productos conexos con pinturas, barnices y lacas, tales como masillas de aceite, secativos, quitapinturas, desleidores y otros.
Epgrafe 253.4.- Fabricacin de tintas de imprenta.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 3.809 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.940 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de tintas para artes grficas, tintas de helio-edicin, tintas tipo offset y otras tintas de imprenta.
Epgrafe 253.5.- Tratamiento de aceites y grasas para usos industriales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.702 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.760 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende el desdoblamiento de aceites y grasas para la obtencin de glicerina, estearina, lanolina, oleina, cidos grasos y productos de base para la fabricacin de detergentes, as como la transformacin qumica de grasas industriales (obtencin de sulfonados, esteratos, alcoholes grasos y derivados, etc.).
Epgrafe 253.6.- Fabricacin de aceites esenciales y de sustancias aromticas, naturales y sintticas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 3.519 pesetas.
  • Por cada Kw.: 3.861 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de esencias, aceites esenciales y materias primas aromticas naturales; la destilacin de esencias y aromas; obtencin de materias primas aromticas para la industria alimenticia y la fabricacin de composiciones a base de perfumes naturales o sintticos destinados a la perfumera y a la industria alimenticia.
Epgrafe 253.7.- Fabricacin de colas y gelatinas y de productos auxiliares para la industria textil, del cuero y del caucho.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.957 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.070 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de colas y gelatinas a base de resinas naturales, celulsicas, de origen animal, de casena, a base de elastmeros, de plastmeros, etc.; msticos y otros adhesivos y aprestos; curtientes vegetales y sintticos y otros productos qumicos auxiliares de la curticin; negro de carbono, negro de humo, negro de acetileno; extractos de algas y extractos de otras materias vegetales y animales; preparados lubricantes para los textiles y cueros, etc.
Epgrafe 253.8.- Fabricacin de explosivos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 3.437 pesetas.
  • Por cada Kw.: 3.437 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de explosivos y plvoras de todas clases, tales como binitrotolueno, dinamitas, nitrocelulosa, nitroglicerina, trilita, tretalita, cpsulas fulminantes, detonadores, mechas y cordones detonantes y toda clase de plvoras.
Se incluye tambin en este epgrafe la fabricacin de municiones blicas.
Epgrafe 253.9.- Fabricacin de otros productos qumicos de uso industrial N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.615 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.926 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de otros productos qumicos de uso industrial, tales como carbones activos y artificiales, tierras activadas y otros minerales activados (bentonita, tierras de colorantes, etc.); productos qumicos para tratar los metales, aceites y agua y de uso mecnico (lubricantes vegetales y mixtos, lquidos para transmisiones hidrulicas y anticongelantes, aditivos para carburantes y lubricantes, decapantes, desincrustantes, depuradores de agua, etc.); abrasivos qumicos; productos resinosos naturales y sus derivados, etc.
GRUPO 254. FABRICACIN DE PRODUCTOS FARMACUTICOS.
Epgrafe 254.1.- Fabricacin de productos farmacuticos de base.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.754 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.464 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la elaboracin de alcaloides, antibiticos, derivados saliclicos, pirazoles, barbitricos, sulfamidas, vitaminas, hormonas, extractos vegetales medicinales, preparados a base de glndulas y otros para usos opoterpicos, sueros y vacunas y otros productos farmacuticos de base.
Epgrafe 254.2.- Fabricacin de especialidades y otros productos farmacuticos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.277 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.615 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la elaboracin de especialidades farmacuticas para uso de la medicina humana y especialidades farmacuticas para uso de la medicina veterinaria y correctores de piensos, as como la fabricacin de otros productos farmacuticos (apsitos, gasa esterilizada, catgut, esparadrapo, reactivos para anlisis, preparados galnicos, etc.).
GRUPO 255. FABRICACIN DE OTROS PRODUCTOS QUMICOS DESTINADOS PRINCIPALMENTE AL CONSUMO FINAL.
Epgrafe 255.1.- Fabricacin de jabones comunes, detergentes y lejas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.863 pesetas.
  • Por cada Kw.: 2.236 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de jabn comn e industrial, detergentes y lejas.
Epgrafe 255.2.- Fabricacin de jabones de tocador y otros productos de perfumera y cosmtica.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 3.726 pesetas.
  • Por cada Kw.: 4.347 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de artculos para el aseo personal (jabones de tocador, bao y afeitado, sales de bao, desodorantes, etc.); colonias, lociones y perfumes; productos de belleza para el cuidado y conservacin de la piel; productos para la higiene bucal; productos para el cuidado y conservacin del cabello y otros productos de perfumera y cosmtica.
Epgrafe 255.3.- Fabricacin de derivados de ceras y parafinas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 5.258 pesetas.
  • Por cada Kw.: 3.178 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la preparacin de ceras; elaboracin de productos para conservacin y limpieza de calzado; productos derivados de ceras y parafinas para conservacin y cuidado del hogar (encusticos para suelos y muebles, lustres para metales, etc.); productos derivados de ceras y parafinas para conservacin y limpieza de vehculos; fabricacin de velas, bujas y artculos anlogos y de otros productos derivados de ceras parafinas.
Epgrafe 255.4.- Fabricacin de material fotogrfico sensible.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.919 pesetas.
  • Por cada Kw.: 4.223 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de pelculas, placas y papeles para uso fotogrfico y cinematogrfico; papeles para reproduccin de planos (heliogrficos, azogrficos, etc.); fabricacin de preparados qumicos para laboratorio fotogrfico (enfocadores, reveladores, fijadores, rebajadores) y fabricacin de otro material fotogrfico sensible.
Epgrafe 255.5.- Fabricacin de artculos pirotcnicos, cerillas y fsforos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 3.312 pesetas.
  • Por cada Kw.: 5.289 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de artculos de pirotecnia, tales como antorchas, artculos fosfricos de seales y salvamento, cohetes, tracas, truenos y fuegos artificiales, as como la fabricacin de cerillas y fsforos.
Epgrafe 255.9.- Fabricacin de otros productos qumicos destinados principalmente al consumo final N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 3.312 pesetas.
  • Por cada Kw.: 5.289 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de otros productos qumicos principalmente destinados al consumo final, tales como productos qumicos de oficina y escritorio (tintas, cliss, papel carbn, etc.); productos de limpieza (limpia-cristales, limpia-metales, quitamanchas, purificadores de ambiente, etc.) y otros.
DIVISIN 3. INDUSTRIAS TRANSFORMADORAS DE LOS METALES. MECNICA DE PRECISIN
AGRUPACIN 31. FABRICACIN DE PRODUCTOS METLICOS (EXCEPTO MQUINAS Y MATERIAL DE TRANSPORTE).
GRUPO 311. FUNDICIONES.
Epgrafe 311.1.- Fundicin de piezas de hierro y acero.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 135 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la obtencin de toda clase de piezas en fundicin de hierro o acero por cualquier procedimiento.
Epgrafe 311.2.- Fundicin de piezas y metales no frreos y sus aleaciones.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 135 pesetas.
  • Por cada Kw.: 207 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fundicin de piezas de metales no frreos y sus aleaciones, tales como productos de fundicin del cobre, de sus aleaciones y de otras aleaciones diversas incluidas las ligeras y ultraligeras, as como la produccin de artculos en metales no frreos y sus aleaciones obtenidos por procedimientos de fundicin a presin.
GRUPO 312. FORJA, ESTAMPADO, EMBUTICIN, TROQUELADO, CORTE Y REPULSADO.
Este grupo comprende la forja, estampado, corte, troquelado, repulsado y embuticin de metales frreos, no frreos y aleaciones.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 312.1.- Piezas forjadas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 466 pesetas.
  • Por cada Kw.: 363 pesetas.
Epgrafe 312.2.- Piezas estampadas o troqueladas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 466 pesetas.
  • Por cada Kw.: 363 pesetas.
Epgrafe 312.3.- Piezas embutidas, cortadas o repulsadas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 466 pesetas.
  • Por cada Kw.: 363 pesetas.
GRUPO 313. TRATAMIENTO Y RECUBRIMIENTO DE LOS METALES.
Este grupo comprende el recubrimiento o revestimiento de los metales, su tratamiento trmico, as como la decoracin y proteccin decorativa de los mismos. Abarca el recubrimiento por electrlisis, oxidacin andica, fosfatacin, revestimiento por inmersin, con pinturas metlicas, esmaltado, laqueado, pulimento, etc.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 313.1.- Tratamiento de los metales (temple, revenido, etc.).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 394 pesetas.
  • Por cada Kw.: 259 pesetas.
Epgrafe 313.2.- Recubrimientos metlicos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 394 pesetas.
  • Por cada Kw.: 259 pesetas.
Epgrafe 313.9.- Tratamientos de proteccin de los metales N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 394 pesetas.
  • Por cada Kw.: 259 pesetas.
GRUPO 314. FABRICACIN DE PRODUCTOS METLICOS ESTRUCTURALES.
Epgrafe 314.1.- Carpintera metlica.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 642 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de artculos de carpintera metlica, tales como puertas, ventanas, marcos para puertas y ventanas, bastidores, marquesinas, rejas, verjas, balaustradas, muro, tabiques, paneles, cornisas, claraboyas, elementos para calefaccin, ventilacin, aire acondicionado, desage, etc.; as como la instalacin asociada que no pueda clasificarse por separado.
Epgrafe 314.2.- Fabricacin de estructuras metlicas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 642 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de estructuras metlicas, tales como armazones de edificios, hangares prefabricados, elementos de puentes, pasarelas, pilares, elementos estructurales metlicos, material fijo para vas frreas, desembarcaderos, muelles fijos, exclusas, etc.; as como su instalacin asociada que no pueda clasificarse por separado.
GRUPO 315. CONSTRUCCIN DE GRANDES DEPSITOS Y CALDERERA GRUESA.
Este grupo comprende la construccin de grandes depsitos para lquidos o gases, tuberas de gran tamao, secciones de calderas, calderas de vapor (multitubulares, semitubulares y otras), chimeneas, tanques metlicos, as como su instalacin asociada si no puede clasificarse por separado de su construccin.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 315.1.- Grandes calderas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 642 pesetas.
Epgrafe 315.2.- Grandes depsitos metlicos y otros productos de calderera gruesa.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 870 pesetas.
  • Por cada Kw.: 642 pesetas.
GRUPO 316. FABRICACIN DE HERRAMIENTAS Y ARTICULOS ACABADOS EN METALES, CON EXCLUSIN DE MATERIAL ELECTRICO.
Epgrafe 316.1.- Fabricacin de herramientas manuales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de herramientas manuales agrcolas, hortcolas y forestales (palas, hoces, guadaas, azadas, sierras, etc.); herramientas manuales de uso domstico e industrial (martillos, tenazas, llaves inglesas, etc.); herramientas manuales para trabajar la madera y los metales (sierras, hojas de sierra, limas, formones, terrajas, martillos, buriles, etc.); cuchillera industrial; material para herreras (yunques, forjas, etc.); herramientas manuales para construccin, minera, chapistera, etc.
Epgrafe 316.2.- Fabricacin de artculos de ferretera y cerrajera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de cuchillera no industrial; hojas, navajas y mquinas de afeitar y cortar el pelo, no elctricas; artculos de cerrajera; artculos de fontanera (excepto vlvulas y grifos), de lampistera y hojalatera (excepto envases); artculos de fumistera, de herrera (herrajes de todas clases) y otros artculos de ferretera.
Epgrafe 316.3.- Tornillera y fabricacin de artculos derivados del alambre.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de tornillos, pernos, tuercas, arandelas, remaches, terrajera, etc.; as como la fabricacin de muelles, resortes, ballestas y cadenas, alambre a partir de redondos comprados, electrodos para soldadura de arco, clavazn, telas y mallas metlicas, alambre espinoso, cables (excepto hilos y cables elctricos), agujas, alfileres y otros artculos metlicos derivados del alambre.
Epgrafe 316.4.- Fabricacin de artculos de menaje.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de cubertera (excepto de metales preciosos o de metales comunes chapados); batera de cocina, cubos fregaderos, baeras, etc., metlicos y utensilios domsticos diversos sin accionamiento energtico incorporado (cafeteras, molinillos, neveras, planchas, etc.).
Epgrafe 316.5.- Fabricacin de cocinas, calentadores y aparatos domsticos de calefaccin, no elctricos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de cocinas, calentadores, estufas, braseros, radiadores y aparatos domsticos de calefaccin de todas clases, sin acondicionamiento elctrico.
Epgrafe 316.6.- Fabricacin de mobiliario metlico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de camas metlicas, somieres, colchones de muelles, otros muebles metlicos de uso domstico; de oficina; para terrazas y jardines; para usos sanitarios y de hospitales; fabricacin de cajas fuertes; accesorios para restaurantes, tiendas, salones de peluquera (sillones metlicos, mostradores, vitrinas, etc.); cabinas telefnicas, etc., as como la fabricacin de piezas y accesorios.
Epgrafe 316.7.- Fabricacin de recipientes y envases metlicos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de contenedores, envases de chapa de acero, de hojalata, de aluminio, de recipientes especiales para lquidos y gases a presin y de otros recipientes metlicos.
Epgrafe 316.8.- Fabricacin de armas ligeras y sus municiones.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de armas ligeras, de caza, para deportes en general, neumobalsticas, armas blancas, etc., as como la fabricacin de sus proyectiles y municiones y la fabricacin de equipos, piezas y accesorios para ellas. No se incluye la fabricacin de armas de guerra.
Epgrafe 316.9.- Fabricacin de otros artculos acabados en metales N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 694 pesetas.
  • Por cada Kw.: 528 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de valvulera y grifera; aparatos metlicos de iluminacin, sealizacin y anuncio cuando la parte elctrica es accesoria (lmparas, linternas, carteles de anuncio, placas de sealizacin, etc.); tipos de imprenta y otros artculos metlicos no clasificados anteriormente (objetos de adorno en metales, grapadores porttiles, campanillas, etc.).
GRUPO 319. TALLERES MECNICOS INDEPENDIENTES.
Epgrafe 319.1.- Mecnica general.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 860 pesetas.
  • Por cada Kw.: 466 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la aplicacin de diversos procedimientos de transformacin de metales mediante mquinas-herramientas, ejecutados por encargo o segn planos aportados por empresas de construccin de maquinaria y material mecnico.
Epgrafe 319.9.- Talleres mecnicos N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 766 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la reparacin especializada de material agrcola, as como los talleres de soldadura, herradores-forjadores, etctera, y todos aquellos talleres independientes no especificados en los grupos anteriores.
AGRUPACIN 32. CONSTRUCCIN DE MAQUINARIA Y EQUIPO MECNICO.
GRUPO 321. CONSTRUCCIN DE MQUINAS AGRCOLAS Y TRACTORES AGRCOLAS.
Epgrafe 321.1.- Construccin de mquinas agrcolas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 725 pesetas.
  • Por cada Kw.: 559 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria de labranza, siembra, abono y recoleccin; para el tratamiento de plagas; para el almacenamiento y conservacin de cosechas; maquinaria y equipo forestal; de jardinera; mquinas y aparatos de ordear; maquinaria para lagares; aparatos y accesorios especiales para explotaciones ganaderas; para avicultura, apicultura, piscicultura, cunicultura, etc., as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 321.2.- Construccin de tractores agrcolas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 725 pesetas.
  • Por cada Kw.: 559 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de motocultores, tractores agrcolas provistos de ruedas, y tractores provistos de orugas.
GRUPO 322. CONSTRUCCIN DE MAQUINAS PARA TRABAJAR LOS METALES, LA MADERA Y EL CORCHO; TILES, EQUIPOS Y REPUESTOS PARA MQUINAS.
Epgrafe 322.1.- Construccin de mquinas para trabajar los metales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria para el trabajo en fro y en caliente de los metales, tal como maquinaria para laminacin y trefilera, para forja, para extrusin; aparatos de soldadura no elctricos; mquinas-herramientas por arranque de virutas, para deformacin y otra mquina similar, y la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 322.2.- Construccin de mquinas para trabajar la madera y el corcho.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria para aserraderos (descortezadoras, de quitar nudos, desenrrolladoras, sierras); para el trabajo en general de la madera (alisadoras, perfiladoras, tupis, redondeadoras, lijadoras, prensadoras); para la elaboracin de chapa y contrachapeado; para aglomerar fibras, virutas y serrn; para endurecimiento e impregnacin; maquinaria para la industria del mueble; para tonelera; para el acabado de embalajes y de otros artculos en madera (zapatos de madera y hormas, cestera y similares, parquet, etc.), as como para la industria del corcho, mimbre, etc. y la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 322.3.- Fabricacin de tiles, equipos, piezas y accesorios para mquinas-herramientas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de toda clase de tiles, equipos, piezas y accesorios para mquinas-herramientas, tales como brocas, mandriles, fresas, taladros, calibradores, etc.
GRUPO 323. CONSTRUCCIN DE MQUINAS PARA LAS INDUSTRIAS TEXTILES, DEL CUERO, CALZADO Y VESTIDO.
Epgrafe 323.1.- Construccin de mquinas textiles y sus accesorios.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria para la preparacin de fibras textiles, para la fabricacin de hilados, para la fabricacin de tejidos, para la fabricacin de gneros de punto, para el blanqueado, teido y estampado y acabado de textiles y otra maquinaria textil, as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 323.2.- Construccin de mquinas para las industrias del cuero y calzado.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de mquinas para la preparacin, curtido y elaboracin de pieles y cueros (descarnadoras, batanes de mazos o cilindros, raspadoras, cortadoras, mquinas de satinar y granear) y maquinaria para la fabricacin y reparacin de calzado y otros artculos de cuero y de imitacin de cuero, as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 323.3.- Fabricacin de mquinas de coser.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de mquinas de coser y bordar de uso domstico e industrial, as como la de equipo, piezas y accesorios para las mismas.
GRUPO 324. CONSTRUCCIN DE MQUINAS Y APARATOS PARA LAS INDUSTRIAS ALIMENTICIAS, QUMICAS, DEL PLSTICO Y DEL CAUCHO.
Epgrafe 324.1.- Construccin de mquinas para las industrias alimenticias, de bebidas y del tabaco.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de mquinas y aparatos para las industrias crnicas, lcteas, de conservas, olecolas y de grasas, molinera, panadera, azucarera, del cacao y chocolate, destilacin de alcohol, vincola, cervecera, fabricacin y envasado de bebidas, del tabaco, etc.; as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 324.2.- Construccin de mquinas para la industria qumica.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de mquinas y aparatos para la industria qumica y refineras de petrleo (clasificadoras, separadoras, mezcladoras, reactores, etc.), as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 324.3.- Construccin de mquinas para las industrias de transformacin del caucho y materias plsticas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de mquinas y aparatos para la industria de transformacin del plstico (maquinaria de extrusin, inyeccin, moldeo, etc.) y para la industria de transformacin del caucho (maquinaria de elaboracin, recauchutado, etc.), as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
GRUPO 325. CONSTRUCCIN DE MQUINAS Y EQUIPO PARA MINERA, CONSTRUCCIN Y OBRAS PBLICAS, SIDERURGIA Y FUNDICIN Y DE ELEVACIN Y MANIPULACIN.
Epgrafe 325.1.- Construccin de mquinas y equipo para minera, construccin y obras pblicas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria y equipo para las minas y canteras (maquinaria para sondeo, arranque y extraccin; para prospeccin y extraccin petrolfera; para lavado y preparacin de minerales; equipos de seguridad y salvamento, etc.) y maquinaria y equipo para la construccin y obras pblicas (excavadoras, apisonadoras, maquinaria para compactacin y para construccin y conservacin de carreteras, hormigoneras, explanadoras, etc.), as como la fabricacin de piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 325.2.- Construccin de mquinas y equipo para las industrias de productos minerales no metlicos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria y equipo para las industrias del vidrio, cermica, de la piedra natural, del cemento, cales y yeso y otras industrias de productos minerales no metlicos (maquinaria para triturar, cribar, lavar, pulverizar, mezclar, moler, etc.), as como la fabricacin de piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 325.3.- Construccin de mquinas y equipo para la siderurgia y fundicin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria y equipo para la siderurgia y funcin, tales como convertidores, calderos de colada, lingoteras, maquinaria de colada, trenes de la minacin y maquinaria y material de fundicin, as como la fabricacin de piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 325.4.- Construccin de maquinaria de elevacin y manipulacin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de maquinaria para levantar, izar y trasladar personas o materiales dentro de edificios, minas, establecimientos, estaciones, puertos, aeropuertos, etc., tales como construccin de ascensores, montacargas y escaleras mecnicas; vagonetas y tractores industriales; gras rodantes, gras puente y monocarril; transportadores mecnicos (de cinta, rodillos, cadenas, etc.); mquinas apiladoras, basculadores de vagones, etc.; as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Se incluye tambin en este epgrafe la construccin de telefricos, funiculares y otro equipo de arrastre y remolque a base de cables, as como la fabricacin de cabrias, cabestrantes, gatos hidrulicos y neumticos, etc.
GRUPO 326. FABRICACIN DE RGANOS DE TRANSMISIN.
Epgrafe 326.1.- Fabricacin de engranajes, cadenas de transmisin y otros rganos de transmisin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de aparatos para cambios de velocidades y accionamiento a velocidad regulable, cajas de velocidades, acoplamientos hidrulicos de velocidad regulable; reductores y multiplicadores de velocidad; embragues, engranajes y trenes de engranaje; transmisiones por cadena y por rueda catalina (incluidas las cadenas para bicicletas); juntas de articulacin, incluso las de tipo hidrulico flexible y tipo universal y accesorios de transmisin, tales como rboles de transmisin, volantes, poleas, etc., as como la fabricacin de piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 326.2.- Fabricacin de rodamientos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de rodamientos y cojinetes lisos, de bolas, de rodillos, de agujas, etc.; as como la fabricacin de sus piezas y accesorios.
GRUPO 329. CONSTRUCCIN DE OTRAS MQUINAS Y EQUIPO MECNICO.
Epgrafe 329.1.- Construccin de mquinas para las industrias del papel, cartn y artes grficas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de mquinas para reproducir pasta papelera, papel y cartn (troceadoras, desfibradoras, trituradoras, espesadoras, molinos para pasta, mquinas de tipo Foudrinier y de tipo cilndrico para fabricar cartn y prebobinadoras, mquinas de enlucir, impregnar, satinar, rayar y rizar papel); mquinas para la elaboracin de artculos de papel (para elaborar bolsas, sobres, papel y cartn ondulado, cajas y otros envases de cartn, para moldear artculos de papel, para cortar y perforar el papel, etc.) y maquinaria y equipo de imprenta y encuadernacin (linotipia, estereotipia, minervas, prensas rotativas, mquinas litogrficas offset, plegadoras, engomadoras, engrapadoras, prensadoras de libros, cosedoras, etc.), as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 329.2.- Construccin de mquinas de lavado y limpieza en seco.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de mquinas para tintorera, planchado, lavado, secado y limpieza en seco, as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 329.3.- Construccin de motores y turbinas (excepto los destinados al transporte).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de motores y turbinas hidrulicos; mquinas de vapor; turbinas de vapor y gas; motores diesel y semidiesel; motores de aire o gas comprimido, etc.; as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 329.4.- Construccin de maquinaria para la manipulacin de fluidos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de transmisiones hidrulicas y neumticas (acumuladoras para circuitos oleohidrulicos, multiplicadores de presin, limitadores o reductores de presin y de caudal, elevadores de lquidos, etc.); compresores de aire, gases y mquinas especiales para gases; bombas para lquidos y de vaco; herramientas neumticas, as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Epgrafe 329.9.- Construccin de otras mquinas y equipo mecnico N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.035 pesetas.
  • Por cada Kw.: 787 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de mquinas y equipo mecnico no especificados en otros epgrafes, tales como construccin de aparatos elicos; aparatos frigorficos no domsticos; maquinaria para acondicionamiento de aire, refrigeracin y ventilacin; aparatos para pesar (excepto balanzas de precisin); centrifugadoras y equipo filtrante industrial (excepto para industria alimenticia y de bebidas); hornos industriales no elctricos; maquinaria de acondicionamiento y embalaje (excepto para industrias alimenticia y de bebidas); equipo para la atomizacin de lquidos o polvos; aparatos automticos de venta y distribucin; mquinas tragraperras; equipo de lavado y engrase para estaciones de servicios de automviles; material para la lucha contra incendios; construccin de armamento de guerra; maquinaria para relojera; maquinaria para la prestacin de servicios de hostelera, as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria.
Nota comn a la Agrupacin 32.- Los sujetos pasivos matriculados en esta Agrupacin podrn, sin pago de cuota adicional alguna, instalar la maquinaria y equipo mecnico que fabriquen, siempre que dicha instalacin deba realizarla el propio fabricante.
AGRUPACIN 33. CONSTRUCCIN DE MQUINAS DE OFICINA Y ORDENADORES (INCLUIDA SU INSTALACIN).
GRUPO 330. CONSTRUCCIN DE MQUINAS DE OFICINA Y ORDENADORES (INCLUDA SU INSTALACIN).
Este grupo comprende la construccin de mquinas de escribir, estenotipia y similares; calculadoras, sumadoras, mquinas contables, cajas registradoras y similares; copiadoras y reproductoras de documentos (excepto fotocopiadoras); perforadoras, verificadoras y clasificadoras de fichas; equipos para el proceso electrnico de datos, incluidas su instalacin, as como la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para estas mquinas.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 330.1.- Mquinas de oficina y ordenadores.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.139 pesetas.
  • Por cada Kw.: 880 pesetas.
Epgrafe 330.2.- Instalacin de mquinas de oficina y ordenadores.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.139 pesetas.
  • Por cada Kw.: 880 pesetas.
AGRUPACIN 34. CONSTRUCCIN DE MAQUINARIA Y MATERIAL ELCTRICO.
GRUPO 341. FABRICACIN DE HILOS Y CABLES ELCTRICOS.
Este grupo comprende la fabricacin de hilos y cables elctricos (conductores con funda de material aislante, esmaltados, con blindaje o proteccin especial, cables submarinos y subterrneos, hilos para bobinado, cables especiales para electrnica y alta frecuencia, etc.) y de hilos y cables telefnicos y telegrficos (coaxiales y otros).
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 341.1.- Hilos y cables aislados para comunicaciones.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 341.2.- Hilos y cables aislados para el transporte de electricidad.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 341.3.- Hilos y cables aislados para bobinas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 341.4.- Cordones flexibles e hilos aislados para portalmparas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 341.5.- Hilos y cables aislados para instalaciones de la construccin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 341.9.- Otros hilos y cables aislados.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
GRUPO 342. FABRICACIN DE MATERIAL ELCTRICO DE UTILIZACIN Y EQUIPAMIENTO.
Este grupo comprende la fabricacin de micromotores, motores universales, monofase y otros motores elctricos; generadores, convertidores, grupos electrgenos; transformadores, rectificadores de corriente; imanes permanentes y dispositivos electromagnticos; condensadores, conmutadores, dispositivos protectores; equipos elctricos para vehculos de traccin y transporte; cuadros de distribucin, mando, sealizacin y proteccin de mquinas, vas de comunicacin e instalaciones en general (excepto los electrnicos); dinamos, magnetos, bujas, bobinas de encendido; accesorios elctricos para automviles; hornos industriales elctricos, vehculos industriales elctricos; herramientas elctricas, aparatos de soldadura elctrica, material de galvanoplastia, etc.; as como la fabricacin de piezas y accesorios para este material.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 342.1.- Mquinas y aparatos para la produccin y transformacin de la energa elctrica.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 342.2.- Otro material elctrico de utilizacin y equipamiento.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
GRUPO 343. FABRICACIN DE PILAS Y ACUMULADORES.
Este grupo comprende la fabricacin de pilas y bateras de todo tipo, secas o hmedas, as como la de acumuladores de plomo, alcalinos y otros.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 343.1.- Pilas elctricas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 343.2.- Acumuladores elctricos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 343.3.- Accesorios, partes y piezas sueltas de pilas y acumuladores elctricos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
GRUPO 344. FABRICACIN DE CONTADORES Y APARATOS DE MEDIDA, CONTROL Y VERIFICACIN ELCTRICOS.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Nota: Este grupo comprende la fabricacin de contadores de energa elctrica, transformadores de medida y otros instrumentos y aparatos elctricos de medida (presin, temperatura, niveles, etc.), control, verificacin, regulacin o anlisis.
GRUPO 345. FABRICACIN DE APARATOS ELECTRODOMSTICOS.
Este grupo comprende la fabricacin de aparatos elctricos de uso domstico, tales como cocinas, hornos, batidoras, molinillos, parrillas, cafeteras, exprimidores, abrelatas y otros aparatos auxiliares de cocina; aspiradoras, barredoras y enceradoras; frigorficos, planchas, afeitadoras, secadoras, ventiladoras; trituradoras de desperdicios; lavadoras y lavavajillas; calentadores y estufas elctricas, mantas elctricas, etc.; as como la fabricacin de piezas y accesorios para estos aparatos.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 345.1.- Cocinas, hornos, placas y otros aparatos elctricos para cocinar.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.2.- Refrigeradores y congeladores de uso domstico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.3.- Lavavajillas, lavadoras y secadoras de ropa, de uso domstico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.4.- Calentadores elctricos de agua y aparatos elctricos para la calefaccin de locales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.5.- Ventiladores y acondicionadores de aire de uso domstico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.6.- Aparatos elctricos auxiliares de cocina.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.7.- Aparatos elctricos para el cuidado y conservacin del hogar.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.8.- Otros aparatos electrodomsticos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 345.9.- Accesorios, partes y piezas sueltas de aparatos electrodomsticos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
GRUPO 346. FABRICACIN DE LMPARAS Y MATERIAL DE ALUMBRADO.
Este grupo comprende la fabricacin de bombillas, tubos, proyectores, faros y lmparas de incandescencia, de fluorescencia, de arco, de gas nen, de vapor de mercurio y de sodio, de flash, de luz ultravioleta e infrarroja; fabricacin de electrodos y otros productos de carbn y grafito para usos elctricos, as como la fabricacin de otro material de alumbrado y accesorios (tubos aislantes para conduccin de cables e hilos elctricos, aisladores y material aislante excepto de cermica, vidrio y materias plsticas, bornes, dispositivos de conexin, enchufes, etc.).
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 346.1.- Lmparas elctricas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 346.2.- Luminarias para alta intensidad de descarga.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 346.3.- Artculos de carbn y grafito para usos elctricos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 346.4.- Otro material de alumbrado.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
Epgrafe 346.5.- Accesorios, partes y piezas sueltas de lmparas y material de alumbrado.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.232 pesetas.
  • Por cada Kw.: 984 pesetas.
AGRUPACIN 35. FABRICACIN DE MATERIAL ELECTRNICO (EXCEPTO ORDENADORES).
GRUPO 351. FABRICACIN DE APARATOS Y EQUIPO DE TELECOMUNICACIN.
Epgrafe 351.1.- Fabricacin de aparatos y equipo telefnico y telegrfico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de centrales telefnicas y telegrficas, aparatos de transmisin, recepcin y terminales telefnicas y telegrficas (incluido telex), teleimpresores, receptores tipogrficos, transmisores telegrficos de imgenes y otro material auxiliar, piezas y accesorios telefnicos y telegrficos.
Epgrafe 351.2.- Fabricacin de aparatos y equipos de radiocomunicacin, radiodifusin y televisin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la construccin de aparatos y equipo de radiocomunicacin, radiogua, radiolocalizacin y radiosondeo; equipos emisores y transmisores de radiodifusin y televisin y otros equipos y aparatos para comunicaciones inalmbricas, as como la fabricacin de piezas y accesorios para estos aparatos.
GRUPO 352. FABRICACIN DE APARATOS Y EQUIPO ELECTROMDICO Y DE USO PROFESIONAL Y CIENTFICO.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Nota: Este grupo comprende la construccin de equipo elctrico y electrnico para diagnstico, aparatos y equipo para tratamiento de enfermedades, para reemplazar funciones vitales, etc.; aparatos e instrumentos electrnicos de uso profesional y cientfico, as como la fabricacin de piezas y accesorios para estos aparatos.
GRUPO 353. FABRICACIN DE APARATOS Y EQUIPO ELECTRNICO DE SEALIZACIN, CONTROL Y PROGRAMACIN.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Nota: Este grupo comprende la construccin de aparatos y equipos electrnicos de sealizacin, enclavamiento y programacin para navegacin, vas frreas, vas urbanas, carreteras, aeropuertos y rutas areas; equipos electrnicos para mando y gobierno automtico de instalaciones industriales, etc.; as como la fabricacin de piezas y accesorios para estos aparatos.
GRUPO 354. FABRICACIN DE COMPONENTES ELECTRNICOS Y CIRCUITOS INTEGRADOS.
Este grupo comprende la fabricacin (independiente de la construccin de aparatos y equipos) de vlvulas electrnicas (de emisin, osciladores, etc.), tubos de rayos catdicos, de rayos X y otros tubos electrnicos y de semiconductores, circuitos integrados y otros componentes electrnicos para toda clase de aparatos y equipos.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 354.1.- Vlvulas de tubos electrnicos y de rayos X.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Epgrafe 354.2.- Otros componentes electrnicos activos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Epgrafe 354.3.- Componentes electrnicos pasivos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Epgrafe 354.4.- Accesorios, partes y piezas sueltas de componentes electrnicos y circuitos integrados.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
GRUPO 355. FABRICACIN DE APARATOS RECEPTORES, DE REGISTRO Y REPRODUCCIN DE SONIDO E IMAGEN, GRABACIN DE DISCOS Y CINTAS MAGNTICAS.
Epgrafe 355.1.- Fabricacin de receptores de radio y televisin y aparatos de registro y reproduccin de sonido e imagen.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de receptores de radio y televisin, tocadiscos, magnetfonos, micrfonos, altavoces y otros aparatos de registro y reproduccin de sonido e imagen, as como la de equipo, piezas y accesorios para estos aparatos.
Epgrafe 355.2.- Edicin de soportes grabados de sonido, de vdeo y de informtica.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.418 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.149 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la grabacin y reproduccin de soportes grabados de sonido, vdeo e informtica.
AGRUPACIN 36. CONSTRUCCIN DE VEHCULOS AUTOMVILES Y SUS PIEZAS DE REPUESTO.
GRUPO 361. CONSTRUCCIN Y MONTAJE DE VEHCULOS AUTOMVILES Y SUS MOTORES.
Este grupo comprende la construccin de motores para vehculos automviles y la construccin de automviles de turismo, camiones, tractocamiones, furgones, autocares, autobuses, trolebuses, vehculos ligeros todo terreno, vehculos automviles para fines militares (excepto carros de combate y piezas de artillera autopropulsadas), ambulancias, coches fnebres, de bomberos, coches patrulla, coches de carreras, etc., as como la fabricacin de sus componentes.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 361.1.- Automviles de turismo.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 361.2.- Autobuses y autocares.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 361.3.- Camiones.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 361.4.- Otros vehculos automviles.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 361.5.- Motores para vehculos automviles.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 361.6.- Chasis con motor para vehculos automviles.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 361.7.- Componentes para vehculos automviles.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
GRUPO 362. CONSTRUCCIN DE CARROCERAS, REMOLQUES Y VOLQUETES.
Este grupo comprende la construccin de carroceras para turismos, autobuses, camiones y otros vehculos automviles; construccin de remolques-vivienda y para acampar, remolques comerciales, para el transporte de cargas especiales y para otros usos, as como la construccin de cajas abiertas para camiones y la de volquetes.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 362.1.- Carroceras para vehculos automviles y remolques.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 362.2.- Remolques y volquetes.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
GRUPO 363. FABRICACIN DE EQUIPO, COMPONENTES, ACCESORIOS Y PIEZAS DE REPUESTO PARA VEHCULOS AUTOMVILES.
Este grupo comprende la fabricacin de transmisiones, cajas de velocidades, embragues, radiadores, climatizadores, mecanismos de direccin, sistemas de suspensin, puentes traseros completos, filtros, bombas y sistemas de inyeccin, sistemas de escape, silenciadores, ruedas, frenos, soportes de motor y carrocera, depsitos de carburante y otro equipo, accesorios y piezas de repuesto para vehculos automviles.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 363.1.- Equipo, componentes, accesorios y piezas de repuesto de motores para vehculos automviles (excepto equipo elctrico).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 363.2.- Equipo, componentes, accesorios y piezas de repuesto de carroceras para vehculos automviles.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
Epgrafe 363.9.- Otro equipo, componentes, accesorios y piezas de repuesto para vehculos automviles (excepto equipo elctrico).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 746 pesetas.
  • Por cada Kw.: 425 pesetas.
AGRUPACIN 37. CONSTRUCCIN NAVAL, REPARACIN Y MANTENIMIENTO DE BUQUES.
GRUPO 371. CONSTRUCCIN NAVAL.
Este grupo comprende la construccin de trasatlnticos, buques mercantes, de guerra, pesqueros, paquebotes, barcos cisterna, barcos frigorficos, remolcadores, barcos oceanogrficos, barcos de vela, barcos faro, barcos bomba, barcos dragadores, embarcaciones deportivas y de placer, etc.; as como la construccin de motores y turbinas de todas clases para embarcaciones y de otro equipo, maquinaria y accesorios especficos para embarcaciones. Comprende las embarcaciones con casco de acero, madera, aluminio y otros materiales.
Se incluye tambin en este grupo la construccin de artefactos flotantes, tales como boyas, depsitos flotantes, diques flotantes, balsas de cualquier tipo, etc.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 371.1.- Buques de casco de acero.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
Epgrafe 371.2.- Buques y embarcaciones de casco de madera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
Epgrafe 371.3.- Buques y embarcaciones de casco de plstico y otros materiales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
Epgrafe 371.4.- Artefactos flotantes.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
Epgrafe 371.5.- Motores, turbinas y otra maquinaria de propulsin para buques y embarcaciones.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
Epgrafe 371.6.- Accesorios, partes y piezas sueltas (excepto estructuras metlicas para construccin naval) de buques, embarcaciones y artefactos flotantes y su maquinaria de propulsin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
GRUPO 372. REPARACIN Y MANTENIMIENTO DE BUQUES.
Este grupo comprende la reparacin y mantenimiento de embarcaciones de todas clases, as como el desguace de las mismas.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 372.1.- Servicios de reparacin y mantenimiento de buques, embarcaciones y artefactos flotantes.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
Epgrafe 372.2.- Servicios de desguace de buques, embarcaciones y artefactos flotantes.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 642 pesetas.
  • Por cada Kw.: 321 pesetas.
AGRUPACIN 38. CONSTRUCCIN DE OTRO MATERIAL DE TRANSPORTE.
GRUPO 381. CONSTRUCCIN, REPARACIN Y MANTENIMIENTO DE MATERIAL FERROVIARIO.
Este grupo comprende la construccin de locomotoras de todas clases (de vapor, tnder, elctricas, diesel, de turbinas de gas y otras); de calderas de vapor, motores y turbinas para locomotoras; automotores, tranvas; coches de motor para ferrocarriles subterrneos y elevados de servicio rpido, para conservacin e inspeccin de vas frreas, etc.; fabricacin de otro material mvil ferroviario, remolques de tranvas, de ferrocarril suburbano, elevado, de servicio rpido, etc. (vagones de mercancas y pasajeros, plataformas, vagones especiales, etc.); as como la reparacin y mantenimiento de este material y la fabricacin de equipo, piezas y accesorios para el mismo.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 381.1.- Material ferroviario.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 394 pesetas.
  • Por cada Kw.: 270 pesetas.
Epgrafe 381.2.- Servicios de reparacin y mantenimiento de material ferroviario.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 394 pesetas.
  • Por cada Kw.: 270 pesetas.
GRUPO 382. CONSTRUCCIN, REPARACIN Y MANTENIMIENTO DE AERONAVES.
Este grupo comprende la construccin de aviones y avionetas, helicpteros y autogiros de todas clases y para todo uso (particular, deportivo, comercial, blico); aerostatos y globos con barquilla, aeromodelos, planeadores, veleros; naves espaciales y proyectiles balsticos; aerodeslizadores, aeronaves de despegue y aterrizaje vertical, etc.; la construccin de motores de todas clases para aeronaves (de mbolo, turborreactores, termorreactores, turbohlices, etc.); fabricacin de clulas y la de piezas, accesorios y equipo para aeronaves (hlices, rotores, trenes de aterrizajes, etc.), as como la reparacin, revisin y mantenimiento de aeronaves.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 382.1.- Aeronaves e ingenios aeronuticos espaciales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.305 pesetas.
  • Por cada Kw.: 611 pesetas.
Epgrafe 382.2.- Servicios o reparacin, revisin y mantenimiento de aeronaves.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.305 pesetas.
  • Por cada Kw.: 611 pesetas.
GRUPO 383. CONSTRUCCIN DE BICICLETAS, MOTOCICLETAS Y SUS PIEZAS DE REPUESTO.
Este grupo comprende la construccin y montaje de motocicletas, motonetas, ciclomotores, coches y sillas de invlidos con motor y a pedales, bicicletas, tandems, triciclos y otros velocpedos; construccin de motores, engranajes, rganos de transmisin y equipo, piezas y accesorios para este material de transporte (sillines, manillares, sidecares, remolques, cuadros, pedales, frenos, ruedas, etc.).
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 383.1.- Motocicletas y ciclomotores.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
Epgrafe 383.2.- Bicicletas, triciclos y monociclos (excepto de nio).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
Epgrafe 383.3.- Vehculos especiales con mecanismos de propulsin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
Epgrafe 383.4.- Motores para motocicletas, scooters, ciclomotores y vehculos especiales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
Epgrafe 383.5.- Accesorios, partes y piezas sueltas de bicicletas y motocicletas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
GRUPO 389. CONSTRUCCIN DE OTRO MATERIAL DE TRANSPORTE N.C.O.P.
Este grupo comprende la construccin de otro material de transporte como cochecitos y sillas de nios, coches y sillas de invlidos sin sistema mecnico de propulsin, vehculos y trineos de traccin animal (carros y carretas, simones, tartanas, diligencias, etc.), carretillas y otros vehculos de mano, etc.; as como la fabricacin de piezas y accesorios para este material.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 389.1.- Remolques agrcolas y vehculos de traccin animal.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
Epgrafe 389.2.- Vehculos accionados a mano.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
Epgrafe 389.9.- Accesorios, partes y piezas sueltas de otro material de transporte N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 777 pesetas.
  • Por cada Kw.: 404 pesetas.
AGRUPACIN 39. FABRICACIN DE INSTRUMENTOS DE PRECISIN, PTICA Y SIMILARES.
GRUPO 391. FABRICACIN DE INSTRUMENTOS DE PRECISIN, MEDIDA Y CONTROL.
Este grupo comprende la fabricacin de contadores de gas, agua y otros lquidos (incluidos los contadores para surtidores de carburantes); aparatos de medida, control y regulacin (reguladores, indicadores de nivel, densmetros, etc.); aparatos para la navegacin y aeronutica; la hidrologa, la geofsica y meteorologa; aparatos de laboratorio; balanzas de precisin; instrumentos de medida dimensional de precisin; aparatos e instrumentos para dibujantes, delineantes y pantgrafos; instrumentos de clculo; material de enseanza y demostracin (maquetas de anatoma, etc.), as como la fabricacin de sus piezas y accesorios.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 391.1.- Contadores no elctricos.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 391.2.- Instrumentos y aparatos para la navegacin y aeronutica.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 391.3.- Instrumentos y aparatos de topografa, meteorologa, hidrologa y geofsica.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 391.4.- Instrumentos y aparatos de medida, control y regulacin de densidad, temperatura, presin, humedad y similares.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 391.5.- Instrumentos y aparatos para ensayos mecnicos de materiales.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 391.6.- Balanzas de precisin y otros instrumentos y aparatos de medida dimensional de precisin.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 391.7.- Otros instrumentos y aparatos de precisin, medida y control.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 391.8.- Accesorios, partes y piezas sueltas de instrumentos y aparatos de precisin, medida y control.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
GRUPO 392. FABRICACIN DE MATERIAL MDICO-QUIRRGICO Y DE APARATOS ORTOPDICOS.
Epgrafe 392.1.- Fabricacin de material mdico-quirrgico.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de material mdico, quirrgico, odontolgico (no elctrico ni oftalmolgico), tales como aparatos no elctricos de diagnstico, instrumentos de esterilizacin, anestesia y reanimacin; material y mobiliario quirrgico, instrumentos especiales para odontologa, aparatos para veterinaria, de mecanoterapia, masaje, psicotecnia, etc.; as como la fabricacin de piezas y accesorios para este material.
Epgrafe 392.2.- Fabricacin de aparatos de prtesis y ortopedia.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de aparatos ortopdicos (corss, elementos de sujecin) y de prtesis ocular, dental, auditiva; manos, brazos, piernas, etc., artificiales, as como artculos y aparatos para caso de fracturas (muletas, cabestrillos y otros aparatos para fracturas y luxaciones) y la fabricacin de piezas y accesorios para estos aparatos.
GRUPO 393. FABRICACIN DE INSTRUMENTOS PTICOS Y MATERIAL FOTOGRFICO Y CINEMATOGRFICO.
Epgrafe 393.1.- Instrumentos pticos y material fotogrfico y cinematogrfico (excepto monturas para gafas).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Nota: Este epgrafe comprende la fabricacin de lentes, prismas, espejos, lentes de contacto, gafas (excepto de plstico), prismticos, anteojos, instrumentos pticos de precisin, instrumentos oftalmolgicos, telescopios y otros aparatos de astronoma (excepto los radioastronmicos), microscopios; mquinas fotogrficas, aparatos de flash, fotocopiadoras, tomavistas y otro material fotogrfico (pantallas de proyeccin, filtros cromticos, trpodes); proyectores y cmaras cinematogrficas y otro material cinematogrfico, as como la fabricacin de piezas y accesorios para estos instrumentos y material.
Epgrafe 393.2.- Fabricacin de monturas para gafas (excepto las de plstico).
Cuota de:
  • Por cada obrero: 601 pesetas.
  • Por cada Kw.: 518 pesetas.
GRUPO 399. FABRICACIN DE RELOJES Y OTROS INSTRUMENTOS N.C.O.P.
Este grupo comprende la fabricacin de relojes de pulsera, de bolsillo, de pared, de muelle, de peseas, de cuerda, elctricos, cronmetros, relojes de fichas, fechadores, de vigilante, aparatos de relojera; mecanismos sincronizadores, etc., y la fabricacin de otros instrumentos de precisin y similares no especificados en los grupos anteriores.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarar las actividades concretas que ejerce segn la clasificacin contenida en los siguientes epgrafes:
Epgrafe 399.1.- Relojes y crongrafos de pulsera y bolsillo.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.2.- Relojes despertadores.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.3.- Relojes de pared y sobremesa.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.4.- Relojes de bordo para coches, barcos, aviones, etc.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.5.- Relojes de torre, fachada, estacin y anlogos y relojes para unificacin horaria.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.6.- Aparatos de control, contadores de tiempo y otros instrumentos provistos de mecanismos de relojera.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.7.- Mquinas de reloj montadas.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.8.- Cajas de relojes.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
Epgrafe 399.9.- Accesorios, partes y piezas sueltas de relojes y otros instrumentos N.C.O.P.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 1.201 pesetas.
  • Por cada Kw.: 901 pesetas.
DIVISIN 4. OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
AGRUPACIN 41. INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS.
GRUPO 411. FABRICACIN Y ENVASADO DE ACEITE DE OLIVA.
Epgrafe 411.1.- Fabricacin y envasado de aceite de oliva.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.919 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.667 pesetas.
Epgrafe 411.2.- Fabricacin de aceite de oliva.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.588 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.346 pesetas.
Epgrafe 411.3.- Envasado de aceite de oliva.
Cuota de:
  • Por cada obrero: 2.588 pesetas.
  • Por cada Kw.: 1.346 pesetas.
Nota comn a este grupo.- Este grupo comprende los productos residuales de la extraccin de aceite de oliva.